viernes, 11 de noviembre de 2011

5 REGLAS IMPORTANTES PARA VENDER SU PISO

LAS CINCO REGLAS PARA VENDER

jueves, 27 de octubre de 2011

TRUCOS PARA VENDER MAS RÁPIDO

Si has decidido vender tu casa en un momento como el actual en el que el mercado no atraviesa por su mejor momento, te damos 10 ideas económicas que te ayudarán a vender al mejor precio posible. entre ellas se encuentran mantener la casa ordenada y limpia o dar una mano de pintura al inmueble

1. Tener la casa ordenada
si nuestra casa tiene las estanterías, los suelos o incluso los armarios abarrotados distraerá a los posibles compradores que la visiten y les causará una impresión negativa. conviene poner la mayoría de los adornos o libros que decoran la casa en el trastero durante la visita del interesado en el piso para dar más sensación de amplitud y de orden. además, durante la visita, conviene que estén las personas justas para que el potencial comprador se sienta cómodo, sin niños, mascotas o demasiados miembros de la familia alrededor

2. Hacer una limpieza a fondo del piso
limpiar hasta el último rincón del piso, incluidas las alfombras o los cristales es fundamental para generar una buena impresión al visitante. unas ventanas limpias harán la vivienda más luminosa y además realzarán las vistas del exterior de la casa

3. Dar una mano de pintura a la vivienda
una de las mejores maneras de refrescar la imagen de nuestra vivienda es darle una mano de pintura, preferiblemente de colores claros, que aportarán claridad y a las habitaciones y darán mayor sensación de espacio
4. Repasar la lechada de los baños y cambiar la bañera
el aspecto del baño será fundamental para el potencial comprador. repasar el estado de la lechada y reformar o incluso cambiar la bañera contribuirán a dar una sensación de frescura y novedad en la vivienda que atraerá al visitante

5. Consigue luminosidad en la vivienda
cambiar las lámparas o las bombillas por otras con más potencia para conseguir más luz interior en la casa es una forma sencilla de hacer más atractiva una estancia, especialmente en aquellas más oscuras o con menos luz natural

6. Cuida también los “otros” espacios de la vivienda
si la vivienda tiene sótano, terraza, patio o garaje, también es importante cuidar su aspecto. ordenar herramientas y demás elementos personales fomentará que el visitante pueda imaginar qué hará con ese espacio, sin centrarse en qué se guarda actualmente en él

7. Arreglar la cocina
tan importante como conseguir una buena impresión en el baño es darla en la cocina. es innecesario recurrir a una reforma completa y cara, pero sí al menos que funcione bien y se vea limpia y cuidada. además, dar una mano de pintura contribuirá a dar una mayor sensación de higiene

8. Cuidar los pequeños detalles
a veces los pequeños detalles pueden marcar la diferencia, por lo que conviene prestarles atención. tiradores gastados, bisagras que chirrían, baldosas sueltas o pomos rotos son algunos de los elementos a los que muchas veces no se presta atención y que generan mala imagen. cambiarlos resulta económico y sencillo y con ello mejorará mucho la percepción sobre el inmueble. importante es también que la puerta de entrada a la vivienda, primera imagen de la casa, esté en buen estado, bien pintada y cuidada

9. Si la casa tiene jardín, cuida el exterior
los elementos exteriores de una vivienda tienen tanta importancia como los interiores. si tienes un jardín con césped y con plantas, es fundamental que estén cuidados y arreglados para dar una buena sensación. si además, la casa tiene piscina, deberá estar llena y limpia para atraer la atención del visitante e incrementar su interés por la casa. importante es, también, que los muebles del jardín estén en buen estado y limpios


10. Confía en un profesional que te ayude a preparar la vivienda
puede parecer un gasto, pero vender la casa a través de un profesional que conozca bien el mercado puede resultar todo un acierto a la hora de encontrar un comprador. además, hoy en día existen profesionales especializados en ‘home staging’ o cómo resaltar el aspecto de una vivienda para su venta. se trata de personal especializado en resaltar las características destacables de tu casa y que te dará consejos personalizados sobre cómo conseguir la mejor de las impresiones

http://www.idealista.com/news/archivo/2011/10/27/0358786-10-ideas-economicas-que-te-ayudaran-a-mejorar-el-precio-de-venta-de-tu-vivienda?xtor=EPR-75-[esta_pasando_20111027]-20111027-[notinmo_2_leermas]-[]-[]


jueves, 20 de octubre de 2011

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miércoles, 3 de agosto de 2011

EL GOBIERNO PIDE A LA BANCA MAS RIGOR AL DAR LAS HIPOTECA

el Gobierno ha elaborado una orden del ministerio de economía en el que pide a la banca más rigor al conceder préstamos. tras cuatro años de pérdidas en el precio de la vivienda y cuando más cerrado está el grifo de la financiación en las últimas décadas, llega este escrito que pide, entre otras cosas, que antes de conceder un préstamo se estudien bien la solvencia del cliente, la estabilidad de sus ingresos, si podrá seguir pagando cuando se jubile, o si una subida de tipos puede llegar a poner en entredicho esta capacidad

las normas están recogidas en el proyecto de orden de transparencia y protección del cliente de servicios financieros y recoge en 51 páginas todas las alertas. en lo relativo a las hipotecas explica que:

- en el caso de créditos o préstamos hipotecarios o con otras garantías reales, la valoración prudente de las mismas mediante procedimientos que eviten influencias o conflictos de interés que puedan menoscabar la calidad de la valoración

- El Banco de España elaborará una “Guía de Acceso al Préstamo Hipotecario”, con la finalidad de que quienes demanden servicios financieros de préstamo hipotecario dispongan, con carácter previo a la formalización de los mismos, de información adecuada para adoptar sus decisiones de financiación

- Las entidades de crédito deberán proporcionar a los clientes que soliciten cualquiera de estos servicios, información clara y suficiente sobre los préstamos que ofertan

Esta información, que será gratuita y tendrá carácter orientativo, se facilitará mediante la Ficha de Información Precontractual (FIPRE) que figura en el Anexo I (pagina 22 y en adelante del documento)

- las entidades de crédito, una vez que el cliente haya facilitado la información que se precise sobre sus necesidades de financiación, su situación financiera y sus preferencias, proporcionarán a éste la información personalizada que resulte necesaria para comparar los préstamos disponibles en el mercado, valorar sus implicaciones y adoptar una decisión fundada
sobre si debe o no suscribir el contrato. Esta información se facilitará mediante la Ficha de Información Personalizada (FIPER) que figura en el Anexo II (pagina 22 y en adelante del documento)

- Una vez el cliente y la entidad hayan mostrado su voluntad de contratar un determinado servicio financiero de préstamo hipotecario y se hayan efectuado la tasación del inmueble y, en su caso, las oportunas comprobaciones sobre su situación
registral y sobre la capacidad financiera del cliente conforme a lo dispuesto en el artículo 16, este podrá solicitar a la entidad la entrega de una oferta vinculante

- Toda información adicional que la entidad facilite al cliente en la oferta vinculante figurará en un documento separado, que deberá adjuntarse a la Ficha de Información Personalizada

- Si la oferta vinculante se hace al mismo tiempo que se entrega la Ficha de Información Personalizada, deberá facilitarse al cliente en un documento separado que podrá adjuntarse a la misma ficha

- El cliente tendrá derecho a examinar el proyecto de escritura pública de formalización del préstamo hipotecario en el despacho del notario al menos durante los tres días hábiles anteriores a su otorgamiento. El cliente podrá renunciar
expresamente, ante el notario autorizante, al señalado plazo siempre que el acto de otorgamiento de la escritura pública tenga lugar en la propia notaría

- En su condición de funcionarios públicos y derivado de su deber genérico de control de legalidad de los actos y negocios que autorizan, los notarios denegarán la autorización del préstamo cuando el mismo no cumpla lo previsto en esta orden, la
legalidad vigente y, muy especialmente, los requisitos previstos en la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito

- el notario deberá informar al cliente de la eventual obligación de satisfacer a la entidad ciertas cantidades en concepto de compensación por desistimiento o por riesgo de tipo de interés en los términos previstos en los artículos 8 y 9 de la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria

- En el caso de hipoteca inversa deberá verificar la existencia del correspondiente asesoramiento independiente. En caso de que la formalización de la hipoteca inversa se realice en contra de la recomendación realizada por el asesoramiento independiente, se deberá advertir de este extremo al cliente

martes, 28 de junio de 2011

las inmobiliarias denuncian que los bancos les roban los clientes

publicado por equipo@idealista

promotores e inmobiliarias denuncian que las entidades financieras les roban los clientes cuando estos solicitan una hipoteca, algo que califican de “competencia desleal”. estas prácticas han llevado a las inmobiliarias a perder un 60% de los potenciales compradores que tienen en cartera. por ello, piden al ministerio de fomento que tome medidas urgentes para regularizar el sector

y es que la financiación es una poderosa arma a la hora de cerrar una venta, que la banca utiliza de manera desleal, según las inmobiliarias. las entidades deniegan la hipoteca a quienes pretenden comprar un piso pero, acto seguido, les ofrece financiación para una de sus casas, más barata, por mayor importe y a mayor plazo que el préstamo inicialmente solicitado, denuncian los intermediarios

las inmobiliaras se lamentan, "nuestros honorarios no son sólo por acompañar al cliente al banco, sino que son el resultado de horas de trabajo, de estar a pie de calle para conocer de primera mano el producto que ofrecemos y garantizar la compra a los ciudadanos. Todo eso también cuenta"


artículo visto en
Las inmobiliarias acusan: "La banca nos roba los clientes"

miércoles, 30 de marzo de 2011

Nuevas ventajas fiscales para el alquiler

Renta 2010: propietario e inquilino se pueden desgravar cuando alquilan una vivienda

La campaña de la Declaración de la Renta 2010 está a punto de comenzar. La principal novedad para este ejercicio es el interés, por parte de la Agencia Tributaria, de aflorar los 'alquileres en negro'. Según los últimos datos de Gestha, más de la mitad de los alquileres en España, un 55,4%, no se declaran. Los propietarios de cerca de un millón de casas se exponen a una multa, a pesar de que tener un piso alquilado también deduce.


Va a ser más complicado mantener un alquiler oculto en la declaración de la renta de 2010. Durante el pasado año, la agencia obligará a las compañías eléctricas a facilitar los datos de consumo de los inmuebles, así como la identificación de los titulares del contrato de suministro, la referencia catastral y su localización. Se pretende, de esta manera, aflorar 3.000 millones de euros.

Sin embargo, arrendar una vivienda tiene ventajas, ya que te puedes deducir por varias partidas, incluso por la edad de sus inquilinos, aunque a partir de 2011 hay cambios en el límite de edad, que no afectan a los contratos anteriores al 1 de enero de 2011.

Los intereses y gastos de financiación (escrituras, registro, etc.) incurridos en la adquisición de la vivienda son objeto de desgravación para el arrendador.

También son deducibles los siguientes gastos:

Intereses y gastos de financiación de los enseres cedidos con la vivienda como el mobiliario.

Impuestos y tasas estatales que repercutan sobre la vivienda como es el IBI, las tasa por limpieza, recogida de basuras o alumbrado, y, además, los gastos de comunidad.

Gastos por la formalización del arrendamiento.

Gastos por la defensa de carácter jurídico de la vivienda y su rendimiento.

Gastos de conservación y reparación.

Gastos de servicios y suministros.

La amortización del inmueble y los bienes que contenga (cerca del 3% del valor de construcción por el desgaste del mismo).

Gastos de administración, vigilancia, portería y otros servicios relacionados con la finca.

Las primas de contratos de seguro de la vivienda.

En total, la reducción de carácter general es del 50% y se puede aplicar a todos los inmuebles arrendados destinados a vivienda habitual. Sin embargo, se puede alcanzar una reducción del 100% si se alquila a personas entre 18 y 35 años y con unos rendimientos netos del trabajo superiores a 7.455,14 euros, importe del indicador público de renta de efectos múltiples para el ejercicio 2010 (IPREM)

Cambios para 2011

Para 2011 se introducen cambios respecto a la edad del inquilino.

En primer lugar, deducción estatal por alquiler de vivienda habitual se ha modificado para equipararla a la deducción por adquisición de vivienda.

Así, el inquilino que tenga una base imponible inferior a 24.170,20 euros anuales, podrá deducir el 10,05% en el tramo estatal del impuesto.

¿Y cuál será la base máxima de la deducción?

Cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales: 9.040 euros anuales.

Asimismo, los propietarios que alquilen un inmueble para vivienda podrán aplicar sobre el rendimiento neto una reducción que, desde 1 de enero de 2011, es del 60% (mientras que hasta ese momento era sólo el 50%).

En caso de alquiler a jóvenes, la reducción llega hasta el 100%, lo que en la práctica significa que no se tributa por el alquiler recibido. Para poder disfrutar de esta reducción el inquilino debe tener entre 18 y 30 años (el año en que los cumpla, la reducción es menor y proporcional al número de días en que aún tenía 29 años). La edad máxima para aplicar la reducción se ha reducido desde los 35 años hasta los 30, aunque podrá seguir aplicándose hasta los 35 años para los contratos celebrados antes del 1 de enero de 2011.

martes, 29 de marzo de 2011

DESGRAVACIÓN DE VIVIENDA EN LA COMUNIDAD VALENCIANA DESDE EL 1 DE ENERO DE 2011.

-El 1 de enero de 2011 ha marcado un antes y un después en la desgravación fiscal por compra de vivienda. La polémica medida impuesta por el Gobierno que suprime la desgravación para las rentas superiores a 24.107 euros se ha interpretado de diferente manera en cada Comunidad Autónoma. En desacuerdo con esta disposición del Ejecutivo central algunas regiones han decidido tomar la sartén por el mango y legislar de forma diferente en su tramo del impuesto de la renta.

Comunidades que mantienen desgravaciones por compra de vivienda en el 2011

Listado de Comunidades Autónomas que de alguna forma mantienen las desgravaciones por compra de vivienda gracias a que la mitad de la desgravación por compra de vivienda (un 7,5% del 15% máximo) depende de cada comunidad autónoma

Comunidad de Madrid. Para rentas superiores a 24.107 euros al año se podrán recuperar un 7,5% de lo que pague por su primera vivienda. Ver también deducción compra de vivienda Madrid 2011

Comunidad Valenciana. Cualquier valenciano con rentas superiores a 24.107 euros al año podrá recuperar un 7,5% de lo que pague por su primera vivienda.

País Vasco. Se mantiene sin cambios la deducción general por compra de vivienda (su gestión fiscal es independiente del Estado).

Navarra. Se mantiene sin cambios la deducción general por compra de vivienda (su gestión fiscal es independiente del Estado).

Castilla-La Mancha. Los castellano-manchegos con rentas anuales entre los 24.000 y los 50.000 euros todavía percibirán una deducción del 1% durante 2011.

Islas Canarias. Los canarios con sueldos anuales por debajo de 12.00 euros desgravarán un 16,75% (existe una desgravación autonómica extra de 1,75%). Los sueldos entre 12.000 y 30.000 euros desgravarán un 1,55% por encima de lo que les pertenecería con la nueva ley, y para los sueldos entre 30.000 y 60.000 euros anuales la desgravación total será del 1,15%. Ver también normativa deducción vivienda 2011

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